sábado, 13 de octubre de 2018

El articulo 210 de la constitución de 1844


ESPECIAL PARA LA INFORMACION                               AYER Y HOY
articulosdeopinion2004@yahoo.com     JUAN PABLO DUARTE. SU VIDA Y SU OBRA (LXXV)
                                                                                    Julio M. Rodriguez Grullón
CONSECUENCIAS INMEDIATAS EN EL PAIS DEL EXILIO DE DUARTE ( II)
EL ARTICULO 210 DE LA CONSTITUCIÓN. DE 1844
Después de haber  sacado del país a Duarte y sus mas leales seguidores, Bobadilla, Santana y demás separatistas, dueños de la situación, con la asesoría del cónsul Saint Denys, procedieron a llevar a cabo  su principal tarea pendiente de redactar y poner en vigencia  una constitución, así que el 24 de septiembre de 1844, en San Cristobal, dos semanas después de exiliado Duarte, comenzaron los trabajos de los 32 miembros del Congreso Constituyente Soberano. San Cristobal fue el sitio seleccionado “a fin de dejar a los asambleístas  toda libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la influencia de espíritu de partido”. 
Sin embargo, esto no iba a ser posible. Recordemos que Duarte estaba empeñado en que antes de que se redactara  y aprobara una constitución no debía existir ya un Presidente por aclamación  y por eso no aceptó esta petición que le hicieron tres veces en el Cibao, pues sabía que si la constitución aprobada  no le satisfacía,(aunque fuera el mismo)  este trataría de modificarla  a su conveniencia y eso sería un precedente fatal para el nuevo país.
El 13 de julio  de 1844, Santana fue aclamado Presidente de la República con poderes dictatoriales en nombre del ejército y el pueblo y el decreto de la Junta Central Gubernativa (JCG) del 24 de Julio, llamando a una Asamblea Constituyente, lo firmó como Jefe Supremo, además de Presidente de la JCG. Santana poseía una mentalidad primitiva, el no había realizado estudios de ninguna clase y no estaba dispuesto a aceptar  que ningún grupo de letrados le restringieran sus poderes.
La JCG y los asambleístas tuvieron un primer enfrentamiento, cuando el 28 de septiembre, estos se negaron a refrendar un préstamo concertado por la JCG con el empresario inglés  .Herman Hendricks, “porque traería la ruina total e inevitable de la República”. La JCG respondió a los asambleístas,  (después de haberles otorgado la  facultad de opinar sobre el asunto, pensando que sería refrendado), que ellos no tenían facultad para legislar sobre ese tema y que se concretaran a redactar la constitución. Cuando esta estuvo lista el 6 de noviembre,  siguiendo los lineamientos democráticos de las de Estados Unidos de 1788, la de la revolución francesa de 1789 y la de Cádiz de 1812, limitando la facultad del ¨Poder Ejecutivo para movilizar el ejército,  otorgando la soberanía de la nación al Poder Legislativo y colocando el Poder Judicial en posición independiente, fue remitida a la  JCG para su conocimiento y aprobación. Esta la rechazó por considerarla “impracticable”.  Sobrevino un período de enfrentamiento entre ambas instituciones y ante la tozudez de los asambleístas, se designaron  comisiones de ambas partes para dirimir el .conflicto y allí fue impuesto el célebre articulo 210, que anuló las libertades públicas de los 209 precedentes, pues decía:
“Mientras dure la guerra actual, el Presidente de la Republica puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas  que crea oportunas para la defensa y seguridad de la nación; pudiendo en consecuencia dar todas  las ordenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad  alguna.”
Este decreto, algunos piensan fue elaborado por Bobadilla y otros por el cónsul Saint Denys; cualquiera que  fuera su  autor, consagró a Santana dictador. Una fuerza militar de 250 hombres que rodeó el local donde estaban reunidos los asambleístas, fue enviada a San Cristobal junto con el decreto, que fue así aprobado  el 17 de noviembre de 1844.  El 210 sentó el precedente  de que la constitución  se debe adaptar a los deseos de quien esté en el poder, precedente fatal, que la ha convertido en un pedazo de papel  que nadie respeta y se habla de cambiarla sin el menor rubor, para conveniencia de quienes ostenten el poder en ese momento y si no se respeta la constitución, carecemos de la base para un estado sólido y de  instituciones públicas confiables. Fue esto lo  que nos trajo todas esas guerras civiles y tantos dictadores. Duarte, con su extraordinaria visión política lo previó y nos lo quiso  evitar, pero las circunstancias de los tiempos  estuvieron  en su  contra y fue derrotado y exiliado.                                


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